Tramite y Asesoría en el Registro de Marcas
Le ofrecemos los servicios jurídicos profesionales enfocados en MARCAS, AVISOS COMERCIALES, NOMBRES COMERCIALES para proteger su nombre y su empresa.
Nuestro servicio incluye todo lo necesario para el registro de marca, tanto la consultoría, gestoría, trámites y pago de impuestos.
TRAMITES INICIALES DEL REGISTRO DE MARCA:
1. Identificación de figuras jurídicas de PROPIEDAD INDUSTRIAL que deben ser registradas.
2. Interpretar que las marcas o los avisos comerciales no sean contrarios a las disposiciones de la Ley.
3. Realizar una CORRECTA CLASIFICACION DE PRODUCTOS Y SERVICIOS.
4. Realizar SONDEOS DE FACTIBILIDAD en función de lo que se encuentra registrado en el Banco Nacional de Marcas.
5. Planteamiento de posibles escenarios en función de lo que se decida someter a criterio del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
6. Elaboración de un Portafolio de Activos de Marcas y Avisos Comerciales
7. Elaboración e Implementación de Estrategias Integrales de Factibilidad de Registro.
8. En caso de ser necesario, creación de signos distintivos (palabras y diseños).
9. Correcta presentación de Trámites Oficiales ante IMPI.
10. Correcto llenado de Formas Oficiales.
11. Seguimiento al caso concreto, hasta la finalización del estudio, realizando las gestiones necesarias para una pronta resolución.
TRAMITES RELACIONADOS CON EXPEDIENTES O REGISTROS:
12. Elaboración de Escritos de Promociones relacionadas con la gestión de los registros.
13. Elaboración de Escritos de Contestaciones de Oficios.
14. Conservación y gestión de los Derechos.
15. La correcta tutela de los DERECHOS reconocidos oficialmente, evitando actos de competencia desleal.
16. Revisión de los registros en forma periódica a efecto de verificar que el actuar del IMPI, no perjudique la esfera jurídica de los signos distintivos.
17. Implementación de prácticas comerciales que no violenten derechos de terceros.
Cada caso es individualizado, motivo por el cual, en cada situación concreta, se realizara una Estrategia Integral de Protección. La premisa es identificar que el signo no sea contrario a las disposiciones de la Ley, al mismo tiempo de realizar una correcta interpretación de las Búsquedas Fonéticas.
¿Qué figuras se deben registrar?
A) MARCAS
Una MARCA es un SIGNO VISIBLE, capaz de IDENTIFICAR Y RELACIONAR imágenes, formas o palabras con un PRODUCTO O SERVICIO DETERMINADO, el cual funciona como un elemento de diferenciación en el comercio.
PUEDE CONSTITUIR UNA MARCA LOS SIGUIENTES SIGNOS:
A) LAS DENOMINACIONES Y FIGURAS VISIBLES
B) LAS FORMAS TRIDIMENSIONALES (Empaques de productos)
C) Nombres de RAZONES SOCIALES y nombre de establecimientos comerciales (siempre y cuando no sean contrarios a la Ley ni existan registros idénticos o semejantes, AL IGUAL QUE CUALQUIER ESTUDIO).
D) NOMBRES PROPIOS de personas físicas.
La marca permite al consumidor identificar un producto o servicio de un fabricante respecto de los de la competencia. Si el consumidor fue atraído por la marca y la calidad de la misma, GUARDARA EN SU MENTE UN VINCULO PSICOLOGICO CON LA MISMA, DEL CONJUNTO DE LA MARCA, por lo que nace la posibilidad de que se convierta en un consumidor habitual, e incluso que lo recomiende a su círculos sociales, ADQUIRIENDO LA MARCA UN VALOR PROPIO, EL CUAL ES PRIORITARIO TENER EN REGLA POR MEDIO DE REGISTRO, CON EL DERECHO DE EXCLUSIVIDAD.
El hecho de utilizar una marca sin contar con REGISTRO, no significa que no se cuente con DERECHOS, sin embargo, EL DERECHO DE USO EXCLUSIVO se obtiene mediante registro otorgado por el IMPI. El obtener un número de Registro, emitido por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, le confiere los siguientes derechos:
1. El derecho de uso exclusivo en todo el territorio nacional, sobre la utilización de palabras, diseños y conceptos de los cuales estén constituidos los signos distintivos en los productos o servicios enumerados.
2. El otorgamiento de uso y explotación a terceros de los registros, por medio de figuras jurídicas como lo son la Licencia de Uso y Franquicia, con reconocimiento de la colectividad.
3. El impedir que un tercero, sin previo consentimiento, explote un signo idéntico o semejante en grado de confusión, en todo el territorio nacional pudiendo utilizar las Herramientas Jurídicas de Protección estipuladas en la Ley de la Propiedad Industrial.
4. Demandar por la vía Civil el pago por concepto de Daños y Perjuicios, previo reconocimiento de la Autoridad Administrativa encargada,
5. La ostentación de las leyendas R o M.R.
EL REALIZAR UN CORRECTO REGISTRO DA CERTEZA JURIDICA A LOS ACTOS COMERCIALES QUE REALICE, EN FUNCION DE NO VIOLENTAR DERECHOS DE TERCEROS Y CONTAR CON UN RESPALDO OFICIAL EMITIDO POR LA AUTORIDAD FEDERAL, ES PARTE DEL PROCESO DE PROFESIONALIZACION DE SUS PRODUCTOS O SERVICIOS, ES BRINDARLE SERIEDAD A SUS ACTUACIONES, VALOR A SUS IDEAS. LA UNICA MANERA DE PROTEGER SU MARCA ES POR MEDIO DE REGISTRO.
B) AVISO COMERCIAL
Esta figura de protección es un sinónimo de protección de SLOGANS, Aviso Comercial, es el nombre jurídico empleado para esta figura publicitaria. Se consideran como tales a LAS FRASES U ORACIONES QUE TENGAN POR OBJETO ANUNCIAR AL PUBLICO ESTABLECIMIENTOS O NEGOCIACIONES COMERCIALES, INDUSTRIALES O DE SERVICIOS, PRODUCTOS O SERVICIOS PARA DISTINGUIRLOS DE LOS DE SU ESPECIE.
El procedimiento para obtener su exclusividad es de la misma naturaleza que para la protección de marcas, es decir, el interpretar que la frase no sea contraria a la Ley, verificar que no se violenten derechos de terceros que cuenten con derechos reconocidos y elaboración de una estrategia de factibilidad.
El AVISO COMERCIAL es una herramienta enfocada en un mejor desempeño comercial de productos y servicios, por medio de la generación de un aspecto conceptual englobado en un juego de palabras, FRASE QUE ADQUIERE UN VALOR PROPIO, por ende, no se debe tomar a la ligera, ya que estamos en presencia de una FIGURA JURIDICA QUE MERECE PROTECCION.
Al igual que con el REGISTRO DE MARCA, se crea un MONOPOLIO sobre el conjunto de la frase, su mensaje. El realizar una correcta protección de estos activos intangibles es una inversión a corto, mediano y largo plazo, la cual le otorgara beneficios personales y evitara conflictos con terceros. Se trata de GENERAR VENTAJAS COMERCIALES, RESPALDAS POR UN REGISTRO OFICIAL.
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